Miércoles, 14 de octubre de 2026
19 de septiembre de 2026, 4:00 pm
Nacional

Gobierno elimina copagos y cuotas moderadoras para damnificados por terremoto durante 12 meses

El Decreto 1415 de 2026 establece medidas temporales para garantizar la atención en salud de las personas afectadas por el terremoto del 10 de agosto y apoyar la recuperación de hospitales y prestadores en los territorios afectados.

Gobierno elimina copagos y cuotas moderadoras para damnificados por terremoto durante 12 meses

Ana María Vesga -Diseño Mundo Político IA

Karen Rojas

Karen Rojas

Periodista

19.09.2026 4:00 pm | Actualizado: 19.09.2026 10:28 am

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El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1415 de 2026, mediante el cual establece un conjunto de medidas de emergencia para evitar que los daños ocasionados por el terremoto del pasado 10 de agosto interrumpan la prestación de los servicios de salud en los municipios y distritos afectados.

Una de las principales medidas establece que los damnificados no tendrán que pagar cuotas moderadoras ni copagos durante 12 meses. Para acceder a este beneficio, las personas deberán estar identificadas en el Registro Único de Damnificados (RUD) y validadas en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA).

La exención aplicará para los servicios y tecnologías en salud que requieran los damnificados, incluso si son atendidos en cualquier otro lugar del país. Además, estos valores no podrán ser cobrados posteriormente por las entidades correspondientes.

El decreto también contempla recursos para reparar, reconstruir, dotar y equipar hospitales públicos afectados por el terremoto. Durante 12 meses, las entidades territoriales podrán utilizar recursos disponibles del sector para adelantar estas intervenciones, incluida la adquisición de equipos biomédicos, bajo mecanismos que buscan agilizar la recuperación de la infraestructura.

En materia de talento humano, durante seis meses podrán realizarse transferencias directas para garantizar la permanencia del personal de salud y mantener la prestación de los servicios. Los recursos podrán provenir, entre otras fuentes, del Fondo Milagro. Además, el Ministerio podrá redirigir recursos previamente asignados que aún no hayan sido girados para atender las necesidades generadas por la emergencia.

La ADRES también podrá administrar y ejecutar los recursos destinados específicamente a la emergencia, manteniéndolos separados e identificados para garantizar su destinación. A esto se suma la habilitación, durante 12 meses, de mecanismos de compra de cartera para facilitar el pago a prestadores afectados o que hayan atendido a población damnificada, incluidos aquellos que recibieron pacientes trasladados desde instituciones afectadas.

El decreto contempla igualmente medidas de alivio financiero para los prestadores. Se podrán compensar tasas de interés de créditos blandos destinados a instituciones ubicadas en municipios con daños en su infraestructura de salud, de acuerdo con las condiciones establecidas y la disponibilidad de recursos.

Otra medida establece la suspensión durante 12 meses del plazo de prescripción de determinadas reclamaciones ante la ADRES para prestadores cuya infraestructura haya resultado afectada. Esta disposición no revive derechos que ya hubieran prescrito antes de la ocurrencia del terremoto.

Los empleadores y trabajadores independientes afectados también tendrán un alivio temporal frente a los intereses de mora de sus aportes a la seguridad social y parafiscales. La medida aplicará desde el periodo de agosto de 2026 y durante los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia del decreto, aunque no elimina la obligación de pagar los aportes ni contempla la devolución de intereses que ya hayan sido cancelados.

Finalmente, las personas que no puedan cumplir determinados trámites ante el Invima debido a los daños ocasionados por el terremoto podrán solicitar la suspensión de los plazos hasta por cuatro meses, sin que esto implique reducir los controles de seguridad sanitaria.

Las medidas tendrán aplicación en los municipios y distritos incluidos en la emergencia y estarán sujetas a la acreditación de la afectación correspondiente en cada caso. Con el decreto, el Gobierno Nacional busca mantener la continuidad de los servicios de salud y facilitar la recuperación de la infraestructura y capacidad de atención en las zonas afectadas.