Con la entrada en vigencia del nuevo marco tarifario para los servicios públicos de acueducto y alcantarillado se abre nuevamente uno de los debates más importantes de la regulación económica en Colombia: ¿cómo garantizar tarifas justas para los usuarios sin comprometer la sostenibilidad financiera de quienes prestan el servicio?
Con frecuencia, la discusión pública se concentra exclusivamente en el valor que llegará en la factura. Sin embargo, el verdadero análisis debe ir mucho más allá. Un marco tarifario no es un mecanismo para aumentar o disminuir tarifas; es el instrumento mediante el cual el regulador busca materializar los principios previstos en la Ley 142 de 1994 que son eficiencia económica, suficiencia financiera, solidaridad, redistribución y transparencia.
En ese contexto, uno de los mayores desafíos del nuevo esquema regulatorio será garantizar una prestación eficiente del servicio. La regulación debe incentivar que los operadores optimicen sus procesos, reduzcan costos evitables, mejoren sus indicadores de gestión y ejecuten las inversiones necesarias para asegurar la continuidad, calidad y cobertura del servicio. Una metodología tarifaria moderna no puede convertirse en un incentivo para la ineficiencia.
Pero la eficiencia, por sí sola, no es suficiente. La tarifa también debe asegurar la suficiencia financiera del sistema. Los prestadores necesitan contar con ingresos que les permitan operar, mantener y expandir la infraestructura, cumplir las exigencias ambientales y responder a los retos derivados del crecimiento urbano y del cambio climático. Del mismo modo, los municipios requieren prestadores sólidos que garanticen la continuidad de un servicio esencial para la salud pública, el desarrollo económico y la protección del ambiente. Un servicio financieramente inviable termina afectando, a los ciudadanos.
Al mismo tiempo, resulta indispensable que el nuevo marco mantenga un principio igualmente importante, las ineficiencias no pueden trasladarse a los usuarios. Las pérdidas operativas evitables, la falta de control sobre el agua no contabilizada, los sobrecostos administrativos o una gestión deficiente no pueden convertirse en mayores tarifas para los hogares. La regulación debe reconocer los costos eficientes de la prestación del servicio, no financiar las ineficiencias del sistema.
Precisamente ahí radica el equilibrio que debe alcanzar cualquier modelo tarifario, garantizar los recursos necesarios para una prestación adecuada sin sacrificar la protección del usuario ni los incentivos para mejorar el desempeño de los operadores.
No menos importante es la forma en que se construye la regulación. La legitimidad de un nuevo marco tarifario depende tanto de su contenido como del procedimiento mediante el cual se expide. La regulación económica debe observar estrictamente los requisitos previstos en la Ley 142 de 1994, el Decreto 1077 de 2015 y las reglas de participación ciudadana que rigen la actividad de las comisiones de regulación. La publicación de los proyectos regulatorios, los estudios técnicos que los soportan, la recepción y análisis de las observaciones de prestadores, autoridades territoriales, gremios, academia y usuarios, así como la debida motivación de las decisiones adoptadas, constituyen garantías esenciales para fortalecer la seguridad jurídica y la confianza en las instituciones.
La expedición formal de una resolución marca apenas el inicio del proceso regulatorio. El verdadero éxito del nuevo marco tarifario dependerá de su implementación, de la calidad de la transición entre el régimen anterior y el nuevo esquema y, especialmente, del seguimiento permanente que permitan realizar las autoridades de control, los prestadores, los municipios y la ciudadanía.
En materia de servicios públicos, una buena regulación no se mide únicamente por la metodología que diseña. Se mide por su capacidad para asegurar servicios eficientes, financieramente sostenibles, técnicamente sólidos y socialmente legítimos. Ese será, sin duda, el verdadero examen del nuevo marco tarifario del agua.